Composición


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Una vez que se constituye el Parlamento se forman los Grupos Parlamentarios, en los que se integran los Diputados y las Diputadas. Aquellos que no forman parte de un grupo determinado, quedan adscritos al Grupo Mixto. Ningún Diputado podrá formar parte de más de un grupo parlamentario.

Para formar grupo parlamentario son necesarios como mínimo dos Diputados. Cuando un Diputado o Diputada obtenga esta condición, dispondrá de cinco días para solicitar su incorporación a un grupo parlamentario.

De acuerdo con el resultado de las elecciones autonómicas celebradas el 22 de mayo de 2011, los 39 Diputados electos en la VIII Legislatura se integran en tres grupos parlamentarios: Popular (20 escaños), Regionalista (12 escaños) y Socialista (7 escaños).

El Parlamento es elegido por un periodo de cuatro años siendo éste el mismo mandato de los Diputados y Diputadas que lo integran. Los parlamentarios gozarán de inviolabilidad e inmunidad por las opiniones manifestadas en actos derivados de su función, y por los votos emitidos en el ejercicio de su cargo.

Para el mejor cumplimiento de sus funciones y deberes, disponen de una serie de derechos y obligaciones. Entre sus Derechos, los Diputados y Diputadas podrán:

  • Ejercer la iniciativa legislativa proponiendo al Parlamento la aprobación de nuevas leyes. Los Diputados y Diputadas podrán presentar Proposiciones de Ley, así como enmiendas a la totalidad o al articulado de los Proyectos o Proposiciones de Ley.
  • Asistir con voz y voto a las Sesiones del Pleno y a las de Comisiones de las que formen parte. Todos los parlamentarios tienen derecho a formar parte, al menos, de una Comisión.
  • Formular interpelaciones al Gobierno o a sus miembros, así como intervenir en Pleno o Comisión haciendo preguntas o efectuando aclaraciones sobre las informaciones facilitadas por el Gobierno.
  • Presentar preguntas al Gobierno y recabar cuantos datos e informes precisen tanto de las Administraciones Públicas como de los Servicios Generales de la Cámara. La administración requerida deberá informar, trasladando los documentos a la Cámara, o deberá exponer las causas jurídicas por las que le resulta imposible atender la petición.
  • Puede con la firma del portavoz de su grupo presentar enmiendas a los proyectos y Proposiciones de Ley.


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