En el preámbulo del Estatuto de Autonomía para Cantabria, de 30 de diciembre de 1981, se dice que Cantabria encuentra en sus instituciones la voluntad de respetar los derechos fundamentales y libertades públicas, a la vez que se afianza e impulsa el desarrollo regional sobre la base de unas relaciones democráticas.
El Parlamento de Cantabria es el órgano representativo del pueblo cántabro y está constituido actualmente por treinta y nueve Diputados y Diputadas elegidos por sufragio universal, igual, libre, directo y secreto. Es una de las principales instituciones de autogobierno de nuestra Comunidad Autónoma junto al Gobierno y el Presidente, que es elegido por el Parlamento de entre sus miembros y nombrado por el Rey.
Sus principales funciones son:
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Ejercer la potestad legislativa.
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Aprobar los presupuestos de la Comunidad Autónoma.
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Impulsar y controlar la acción del Gobierno y desarrollar las demás competencias que le confiera la Constitución, el Estatuto de Autonomía para Cantabria y las demás normas del ordenamiento jurídico.